¿Qué es el CUIA?
El CUIA, promovido por la Università degli Studi di Camerino (Italia) sobre la base de un convenio de red con el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) de Argentina y sostenido por el Ministerio de Educación, Universidad e Investigación (MIUR) de la República Italiana, nace en 2004 entre 14 universidades italianas. Hoy adhieren al Consorcio 25 universidades públicas italianas y a partir de 2011 también se formalizó la colaboración con las universidades privadas argentinas, a través de la firma de un protocolo de entendimiento con el Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP).
Las principales tareas institucionales del Consorcio, según el estatuto, son:
- promover los proyectos de cooperación interuniversitaria entre las universidades italianas y argentinas;
- sostener la movilidad tanto entre los estudiantes italianos y argentinos como entre el personal docente y administrativo;
- facilitar el reconocimiento recíproco de los títulos de estudio en los varios niveles, otorgados por las universidades italianas y argentinas, de acuerdo con las autoridades académicas y gubernamentales de los dos Estados, a través tanto de la utilización del sistema de los créditos formativos como del otorgamiento de títulos conjuntos;
- mantener una base de datos sobre las iniciativas de cooperación en el campo de la investigación y alta formación entre universidades italianas y argentinas;
- estudiar formas de aplicación y de desarrollo del e-learning y de las teleconferencias como herramientas esenciales de soporte a las modalidades tradicionales de la didáctica;
- desarrollar otras actividades de interés común y que sean compatibles con las iniciativas y las finalidades del Consorcio.
El Consorcio además puede:
- llevar a cabo estudios, investigaciones y consultorías por cuenta de entes públicos y privados, además de proveer a terceros servicios de los que se haya hecho organizador o gestor en función del logro de las tareas institucionales;
- desarrollar sus propias actividades también en otros Países de América Latina;
- realizar, en el respeto del estatuto, las operaciones financieras, comerciales, bancarias, industriales, mobiliarias e inmobiliarias, que sean consideradas necesarias o útiles por el órgano administrativo para el logro del objetivo del Consorcio;
- desarrollar cualquier otra actividad útil para el logro del objetivo del Consorcio.